- La Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Caracter Personal, tiene por objeto garantizar y proteger las libertades públicas y derechos fundamentales de las personas físicas y especialmente su honor e intimidad personal y familiar, en lo concerniente al tratamiento de sus datos.
- Por otro lado, el Real Decreto 1720/2007 por el que se aprueba el Reglamento, desarrolla la Ley 15/1999.
- La L.O.P.D. obliga a cualquier empresa, sea persona física o sociedad y sea del cualquier tamaño a:
Notificar e inscribir los ficheros que contengan datos de carácter personal.
– Elaborar el documento de seguridad.
– Confeccionar los distintos documentos de acceso, cancelación, rectificación, etc.
– Poner en marcha las medidas necesarias para evitar que personal no autorizado acceda a los ficheros que contienen datos de carácter personal.
– Realizar una auditoria cada dos años.
- El incumplimiento por parte de los obligados a implantar un sistema de protección de datos, puede ser sancionado con multas de hasta 601.012,10 €uros.